Antiguo Cuscatlán abre la puerta a urbanizar zonas protegidas de la Cordillera del Bálsamo

La alcaldía de Antiguo Cuscatlán declaró “urbanizables” terrenos de la Cordillera del Bálsamo que son considerados suelos de alta recarga hídrica y con alto riesgo de deslizamientos. El Ministerio de Medio Ambiente clasificó en 2018 estas zonas como áreas de protección, pero pronto podría alinearse con la municipalidad y abrir la puerta a la intervención y depredación de zonas boscosas de la cadena montañosa.

Por Gabriela Castellón y Andrés Dimas

Al menos 5.79 km2 de la zona sur del municipio de Antiguo Cuscatlán, en La Libertad, ahora tienen la venia de la alcaldía para que interesados en proyectos de construcción puedan aplicar para urbanizar la zona. Estos terrenos representan un cuarto de la extensión del municipio y son considerados parte de la Cordillera del Bálsamo. 

La clasificación de estas áreas, bajo la figura de “Suelo mixto 1 para habitación y servicios”, se realizó mediante una ordenanza de planificación territorial, aprobada el 26 de febrero de 2021 por el concejo municipal anterior, conformado en su mayoría por concejales de Arena y FMLN, bajo la dirección de la alcaldesa Milagro Navas. El 11 de junio se publicó en el Diario Oficial y entró en vigencia ocho días después.

La ordenanza habilita el desarrollo de proyectos de habitación, como colonias, urbanizaciones, condominios o cooperativas de vivienda en las zonas de la Cordillera; y permite el comercio al por menor o el llamado “comercio de barrio”, para solventar las necesidades básicas de quienes residan en el área.

La mayor parte del área de la Cordillera del Bálsamo afectada por la clasificación está ubicada en la finca La Labranza y sus cercanías. Pero también se declararon urbanizables terrenos de la Sierra Santa Elena, cercana al bulevar Orden de Malta; la finca La Esperanza, en Cumbres de Cuscatlán, y los terrenos aledaños al Bulevar Luis Poma.

Esas partes de la Cordillera, junto con el bosque El Espino, al norte del municipio, son las últimas áreas boscosas en Antiguo Cuscatlán donde existe recarga hídrica, un aspecto clave para un país que sufre una crisis de demanda de agua potable.

La ordenanza contradice la normativa ambiental vigente

La ordenanza de la municipalidad contraviene directrices emitidas por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN), que establecen la zonificación ambiental y el uso de suelos para la Cordillera del Bálsamo y para la región Noroccidental. 

El Atlas de la Cordillera del Bálsamo, una directriz emitida en abril de 2018 enmarcada en el Decreto Ejecutivo 58, establece que esta zona es un área frágil y susceptible a amenazas de desastres que se han incrementado “por el deterioro de los recursos naturales, suelo y agua, provocado en parte por las diversas intervenciones en la zona”.

Según el Atlas, estas áreas se caracterizan como bosques secundarios o bosques de cafetal, con recarga hídrica de alta a muy alta, con pendientes entre los 20 y los 30 grados, y con susceptibilidad de moderada a alta a deslizamientos. 

El MARN actualmente clasifica los terrenos de la finca La Esperanza y los  aledaños al Bulevar Luis Poma como zonas de máxima protección, donde se prohíbe cualquier tipo de proyectos urbanísticos, construcciones y la tala de árboles.

Las zonas de Sierra Santa Elena y la finca La Labranza, más sus terrenos aledaños, se consideran áreas de conservación, donde sí se permite la construcción de vivienda unifamiliar o multifamiliar, así como de instalaciones para turismo, pero bajo condiciones estrictas, como que se conserve el 70 % de la cobertura de bosque, no se sustituya la cobertura arbórea con plantas ornamentales, que el riesgo de deslizamiento sea moderado o bajo y que no estén protegidas por ordenanzas municipales. 

En este sentido, la ordenanza emitida por Antiguo Cuscatlán no menciona restricciones de este tipo ni un mínimo de cobertura arbórea a proteger. 

Luis González, de la Unidad Ecológica Salvadoreña, asegura que futuras construcciones en las zonas de la Cordillera del Bálsamo generarían un impacto hídrico preocupante en otras áreas, como la parte baja de La Libertad, donde hay un limitado acceso al agua potable. 

Actualmente, existen Juntas de Agua en Huizúcar, Zaragoza y en otros municipios de la parte baja del departamento que dependen de la recarga hídrica de la parte alta, explicó. 

Sin embargo, para el ambientalista, aunque la problemática en materia de agua es grave, la principal preocupación tiene que ver con un incremento en el riesgo de desastres. Según dijo, los proyectos urbanísticos en la parte alta de la Cordillera generan impermeabilización del suelo y, ante eventos climáticos extremos, como tormentas, pueden causar mayor probabilidad de destrucción por inundaciones en la parte baja.

Una zona vulnerable

El uso de suelos definido por la municipalidad de Antiguo Cuscatlán también contradice el Esquema Director de la Oficina de Planificación del Área Metropolitana de San Salvador (OPAMSS), que considera la zona de Finca La Labranza y alrededores como área de conservación no urbanizable. Además, clasifica la zona sur del municipio, donde se ubica la Cordillera del Bálsamo como vulnerable ante sismos.

Mapa del Esquema Director de la OPAMSS.

El Esquema Director se enmarca en la Ley de Desarrollo y Ordenamiento Territorial que, luego del terremoto de enero de 2001 que provocó la tragedia de Las Colinas, se fortaleció para garantizar los filtros necesarios a la expansión urbana y evitar desastres similares. 

La normativa coincide con un informe de 2014, donde la alcaldía de Antiguo Cuscatlán determinó que zonas como la finca Montecristo, La Esperanza y La Labranza son propensas a deslizamientos cuando no existen obras de mitigación, según un diagnóstico de amenazas, exposición y riesgo medioambiental. 

Al respecto, el jefe del Departamento de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial de la municipalidad, Rodrigo Sandoval, aseguró que la ordenanza se limita a establecer los tipos de usos de suelo, pero no determina automáticamente la factibilidad de una construcción.

“Lo que nosotros estábamos haciendo ahí es tratando, de alguna forma, de anticiparnos a cualquier desarrollo urbanístico; qué uso es el que vamos a permitir ahí. Por decirle algo, lo que pensábamos es: vaya, si en equis cantidad de tiempo se permite el desarrollo y, por decirle algo, nos vienen a meter fábricas, sabemos que ahí hay un manto acuífero, es una zona de recarga hídrica, etcétera, etcétera. Eso no va a ser bueno; entonces, por eso limitemos el uso a que sea habitacional o comercial”, señaló.

Además, asegura que la ordenanza no contradice los marcos legales vigentes, debido a que no han autorizado construcciones, sino únicamente clasificaron el uso de los suelos del municipio.

Según la directriz municipal, para el aval de proyectos de construcción de inmuebles, la autorización será avalada por la Comisión Especial de Permisos de Construcción y Funcionamiento, que está compuesta por un grupo de especialistas designado por el Concejo Municipal.

Cuando la solicitud exceda los 50 metros cuadrados, se deberá solicitar autorización de la OPAMSS. 

El arquitecto especialista en urbanismo, Carlos Grande, señala que la clasificación del uso de suelos por medio de ordenanzas municipales es común y contribuye a tener ordenamientos más específicos de los territorios.

“Es importante entender lo que dice un plano y en qué escala está ese plano para poder decir ‘esto es vulnerable y esto no’. Por ejemplo, una colonia, si la ves a escala Metropolitana, no ves que hay comunidades ahí. Tenés que bajar y ver con más detalle (para planificar una construcción)”, dijo. 

Además, Grande asegura que el ordenamiento definido por las municipalidades no avala automáticamente proyectos urbanísticos. Como mínimo, estos permisos deben contar con el aval de estudios ambientales y permisos emitidos por Medio Ambiente, así como de la OPAMSS, en el caso del Área Metropolitana de San Salvador.

Sin embargo, la autonomía de las municipalidades ha permitido, en otras zonas del país, que proyectos de construcción inicien con la ejecución, sin contar con permisos medioambientales o de otro tipo, solamente con el aval del concejo municipal, como el caso de Valle El Ángel, al norte de San Salvador.

Para el ambientalista Luis González, el cambio en el uso de suelo, bajo la figura de “uso mixto”, es una especie de truco que, eventualmente, permitirá hacer cambios drásticos que el Estado no será capaz de monitorear ni revertir; sobre todo, porque las entidades encargadas de generar y hacer cumplir estas directrices continúan sin trabajar en equipo. 

“Todavía no ha habido una equiparación de la legislación para que no haya estos choques de competencia o atribuciones. Esto lo quiso hacer la Ley de Ordenamiento Territorial, que planteaba que se crearán comisiones departamentales y municipales, para hacer este ordenamiento. Pero hay aspectos que se cumplen y otros que no. En estos huecos, las municipalidades siguen definiendo los usos del suelo y cometen errores, porque no tienen la capacidad técnica para definir esto y, a veces, hay información para tomar esas decisiones, pero las municipalidades no la conocen o no la aplican”, dijo. 

El MARN se alinea con la municipalidad

La actual gestión del Ministerio de Medio Ambiente hizo público, desde septiembre pasado, el borrador de un nuevo decreto ejecutivo para actualizar las directrices de Zonificación Ambiental y Uso de Suelo exclusivamente para Antiguo Cuscatlán, el cual fue elaborado a petición de la municipalidad.

Si bien el decreto propuesto no replica la clasificación aprobada por la municipalidad, sí cambia el uso de suelo de algunas porciones de la finca La Labranza y la Sierra Santa Elena, en la Cordillera del Bálsamo, y de la montaña de la finca La Esperanza, que pasarían a ser “zonas de protección y aprovechamiento condicionado”. Esta clasificación permite la construcción condicionada para vivienda, comercio, turismo, industria, cultivos, proyectos de energía y telecomunicaciones, infraestructura de calles y carreteras, así como para aprovechamiento de los recursos hídricos. 

Las nuevas condicionantes para desarrollar construcciones, en comparación de las emitidas en 2018, reducen el requisito de mantenimiento de la cobertura arbórea de 70 % a 40 %, y mantienen la prohibición de sustituir especies de flora por ornamentales y construir en zonas protegidas por ordenanzas municipales.

Además, la directriz que pretende aprobar el MARN, ya contempla en el mapa de zonificación ambiental, el terreno que será abarcado por un proyecto urbanístico: Los Condominios El Valle, en la Finca La Labranza. 

Este proyecto, de Desarrolladora Silvaplana S.A. de C.V. y Desarrolladora Pontresina S.A. de C.V. son propiedad de juntas directivas conformadas por miembros de la familia Regalado; de la primera, el presidente es Marco Antonio Regalado Nottebohn y, de la segunda, el director presidente es Ernesto José Denis Regalado O’Sullivan.

El proyecto, catalogado por el MARN como de Alto Impacto Ambiental, obtuvo su permiso en enero de 2014, cuando era ministro Herman Rosa Chávez, en el primer gobierno del FMLN. 

A pesar de que en 2018, durante la siguiente administración, entró en vigencia la zonificación ambiental para la cordillera del Bálsamo, que regula la zona, esta protección no se aplicó al proyecto Silvaplana, por no ser de carácter retroactivo.

En junio de 2020, el ministro Fernado López avaló una modificación al diseño del proyecto y dio luz verde nuevamente a la construcción, que se retrasó debido a problemas económicos, según argumentaron las desarrolladoras en los documentos entregados al MARN.

El plan residencial publicado en la página del MARN contempla la construcción de 148 lotes distribuidos en cuatro condominios, en un área de 142.99 manzanas. 

La sociedades pagaron $1 millón 165 mil en concepto de Fianza de Cumplimiento Ambiental para la etapa de construcción, por tres años, y una compensación externa por la tala de árboles con el Fondo Ambiental de El Salvador (FONAES) por $203 mil 099.

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