Estado sin cumplir sentencia de inconstitucionalidad de la Amnistía
Memoria histórica
Las instituciones del Estado mostraron públicamente este viernes 30 de octubre el incumplimiento a la sentencia de inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía de 1993. Lejos de brindar informes con resultados específicos de su cumplimiento, ni la Asamblea Legislativa, ni la Presidencia, ni la Fiscalía General de la República (FGR) fueron contundentes al momento de mostrar resultados en el cumplimiento de sus obligaciones.
Durante una inédita transmisión al público de la tercera audiencia de seguimiento del cumplimiento de la sentencia de inconstitucionalidad, emitida el 13 de julio de 2016, los magistrados de la Sala de lo Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), escucharon a representantes de la Presidencia, de la Asamble, de la FGR y de los ministerios de la Defensa Nacional y de Hacienda; así como al titular de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH), a representantes de las víctimas y defensores de derechos humanos, quienes actúan como parte actoras de la sentencia y a representantes de la parte amicus curiae, amigos de la corte.
Según lo ordenado por la Sala, la Asamblea debía crear un marco legal que garantizara el derecho de acceso a la justicia, reparación integral y los derechos a la verdad y garantía de no repetición. Luego de tres prórrogas para cumplir ese mandato, en febrero de este año se aprobó, con 44 votos a favor, la Ley Especial de Justicia Transicional, Reparación y Reconciliación Nacional, que fue vetada por el presidente de la República, Nayib Bukele, por considerar que contenía indicios de inconstitucionalidad.
Sin embargo, Mario Ponce, presidente del órgano Legislativo, defendió ante los magistrados lo votado por el pleno legislativo y aseguró que dicho marco legal cumple con los parámetros establecidos por la Sala.
“La Ley que fue aprobada por la Asamblea incorpora los términos contenidos y preceptos jurídicos que una Ley de Reconciliación debe tener, sobre la base de los principios de los principales elementos de la justicia transicional: verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición”, señaló Ponce, quien enfatizó en que hubo consultas con diversos sectores involucrados en la temática, previo a la aprobación del decreto.
A pesar de su defensa, en la que también informó que la Comisión Política se encuentra analizando la superación del veto presidencial a la normativa y esta posibilidad será estudiada el miércoles próximo, las críticas al marco legal en cuestión llegaron desde todas las partes citadas a la audiencia.
Para los representantes de las víctimas y defensores de derechos humanos, la Ley Especial de Justicia Transicional es “una ley de amnistía disfrazada” y, entre otras cosas, señalaron que, como ha sucedido en las dos audiencias de seguimiento anteriores, el Estado continúa sin cumplir con lo ordenado por la Sala.
“De manera general, y aquí incluyo a la FGR y a la Asamblea, hay una falta de visión sistémica y estratégica sobre la esencia, el espíritu, el contenido y el enfoque de la sentencia de inconstitucionalidad.”
Ima Guirola, representante de las víctimas y de CEMUJER
Los artículos de la discordia
Las críticas a la Ley Especial hechas por los representantes de las instituciones presentes en la audiencia, a excepción de la Asamblea Legislativa, coincidieron en los artículos 61 y 67 del referido marco legal.
En el primero, el principal señalamiento corresponde a que a las personas condenadas “se les podrá conmutar la pena”. Además, “el juez competente, con base en su criterio y atendiendo a razones de salud, edad o similares, independientemente de la pena, les podrá otorgar cualesquiera de las formas sustitutivas de privación de libertad”. Para el caso del artículo 67, la normativa determina que el juez tendrá la potestad de reducir hasta a una cuarta parte la totalidad de las penas a imponer.
En este sentido, el representante de la Unidad de Crímenes Históricos en El Salvador, de la FGR, Julio César Larrama, asegura que la Ley es confusa: “No van a haber medidas sustitutivas, ni amnistías realizadas, de acuerdo con las normativas de derecho penal y derechos humanos; sin embargo, existe una habilitación a los jueces a reducir las penas a un cuarto; consideramos que son contradictorias”.
Sobre estos artículos, el representante de la Presidencia de la República, el abogado José Ángel Pérez, hizo hincapié en que el veto del presidente Bukele señala elementos que generan indicios de impunidad. “Ante la gravedad de los crímenes de lesa humanidad o la gravedad de derechos afectados por el conflicto, la proporcionalidad de las penas, como trabajos de utilidad pública en el artículo 61, se establecen como valladares para la obtención de una auténtica justicia”, dijo.
Desde la parte de amicus curiae, Aranau Baulenas (IDHUCA) aseguró que el artículo 60 de la Ley tampoco es claro, en cuanto a si la FGR podrá o no investigar de oficio dichos casos y, en cuanto a los artículos 61 y 67, hay una redacción confusa en materia de las penas y sobre el consentimiento de las víctimas, además de no contemplar el tema de la reparación a las víctimas.
La FGR destacó, en materia de procesos judiciales, que, a la fecha, hay 26 casos que están judicializados y hay 13 casos reabiertos que estaban archivados. Además, se han realizado un aproximado de 20 exhumaciones relacionadas a casos ocurridos durante el conflicto armado. “Que a las víctimas se les haga justicia; nos comprometemos a seguir adelante con estas investigaciones”, aseguró Larrama.
Contradicciones en el Ejecutivo
Tanto para las organizaciones representantes de las víctimas como para el procurador de Derechos Humanos, Apolonio Tobar, una de las principales contradicciones del Ejecutivo, en el cumplimiento de la sentencia de la Sala, es la obstaculización a los procedimientos judiciales en inspecciones de archivos militares.
Para los magistrados, esta también es una duda latente. Así lo manifestaron al cuestionar al Ministerio de la Defensa, y a la Presidencia misma, sobre lo ocurrido recientemente con las inspecciones relacionadas al caso de la masacre de El Mozote y lugares aledaños; pero el representante de Defensa, Víctor Amaya, aseguró que sí existe colaboración con requerimientos del órgano Judicial.
“Sí nos dan información, pero única y exclusivamente cuando pedimos quién era el jefe o ministro… Pero de operativos militares siempre nos dicen que no tienen, que no hay archivos; no obstante, estamos buscando la manera y buscando otras fuentes de investigación que nos ayuden”.
Julio César Larrama, representante de la Unidad de Crímenes Históricos en El Salvador, de la FGR.
“Contrasta la actuación (del presidente, como comandante en jefe de la Fuerza Armada), haciendo un llamado a no impunidad; pero, por otro lado, en desacato judicial, bloqueando la apertura de los archivos militares”, agregó Guirola.
En este tema, el titular de la PDDH aprovechó para solicitar a los constitucionalistas que “tengan por no cumplida la sentencia y que se establezca que el decreto legislativo contraría la Constitución”; agregó que se debe emitir una normativa en la que, además de ordenar la apertura de los archivos militares, se adquiera un grado de sanción a quien obstaculice dicho proceso.
La parte actora también solicitó, entre otras cosas, que se ordene a la Asamblea Legislativa, “en un plazo perentorio e impostergable y con participación de las víctimas”, un marco legal que sí cumpla con la sentencia y que le ordene al presidente de la República “levantar de inmediato los bloqueos para las inspecciones de archivos militares”.
Sin políticas públicas ni presupuesto
A su llegada de este gobierno, en junio de 2019, el Ejecutivo de Nayib Bukele adquirió las obligaciones ya establecidas por la Sala para la reparación a las víctimas del conflicto armado. Sin embargo, Ana María Corleto, representante de la Presidencia, no pudo señalar políticas públicas específicas y detalladas al respecto, como le fue solicitado por los magistrados.
Aunque Corleto sí hizo una entusiasta mención de la solicitud de informes hecha por el secretario Jurídico, Conan Castro, a los ministerios de Gobernación, Cultura, Relaciones Exteriores y Desarrollo Local; así como una mesa de diálogo y el compromiso de 13 instituciones de Gobierno con medidas de reparación, no hubo ninguna referencia sobre los resultados de los informes ni de políticas públicas o planes detallados al respecto.
La representante del Ejecutivo enfatizó en que existen proyectos de construcción de redes de energía, agua potable, centros de atención para personas adultas mayores y desarrollo local en zonas afectadas por el conflicto armado; pero, ante la pregunta de en qué porcentaje se han implementado medidas de corto y mediano plazo, la respuesta de “poco más de 40 %” no es alentadora.
En materia de presupuesto, la Fiscalía hizo énfasis en que la unidad destinada a los casos para dar cumplimiento a la sentencia de inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía de 1993 no cuenta con recursos propios. Aunque el equipo de trabajo ha crecido, este continúa trabajando con recursos generales de la institución y esto limita su trabajo. Además, dijo desconocer si en el presupuesto para el próximo año está contemplado algún refuerzo económico.
Luis Enrique Sánchez, director general de Presupuesto del Ministerio de Hacienda, informó que en el proyecto de Presupuesto 2021 se han incorporado recursos para la reparación a víctimas de violaciones a derechos humanos por un monto de monto $8.9 millones a instituciones de Gobierno; de este monto, $6.6 millones son para El Mozote y sitios aledaños.
Sin embargo, y aunque Sánchez especificó que algunos ministerios tendrán fondos para dar cumplimiento a la sentencia, no pudo detallar a qué programas o acciones específicas irán dirigidos.
Guirola también pidió a los magistrados, en este ámbito, que pida a la Presidencia remitir a la Sala las políticas y programas concretos en materia de justicia transicional, con el detalle de acciones presupuestarias.
Tras cuatro horas de exposiciones, los magistrados de la Sala dieron por recibidos los informes y otorgaron hasta el 6 de noviembre para que las instituciones hagan llegar otra información que sustente los mismos. Posteriormente, se emitirá una resolución al respecto.