La justicia de Bukele juzgará con árbitros anónimos

La Asamblea Legislativa, a las órdenes del presidente Bukele, estableció que jueces con identidades ocultas administrarán justicia en El Salvador.

El 30 de marzo, los diputados de Nuevas Ideas y sus aliados avalaron reformar con dispensa de trámite el Código Procesal Penal para incluir un artículo 73-A que establece que jueces secretos podrán juzgar todo tipo de casos que incluya delitos penales, y no solo en los juicios que se desarrollen contra el crimen organizado, como es el caso de las pandillas en El Salvador.

La medida, que entró en vigor ese mismo día, establece que los jueces no firmarán sus resoluciones sino que se hará a través de claves o códigos. Además, su identificación visual será bloqueada y su voz modificada durante la audiencia, como si se tratase de un testigo protegido.

La reforma se justificó como una medida para “salvaguardar” la vida de los jueces y funcionarios judiciales, sin embargo, la medida es amplia y aplica para todo tipo de casos sin importar si la vida de los administradores de justicia está en grave riesgo o no.

La medida de los tribunales anónimos no es nueva en la región. En la década de los 90s, Colombia y Perú instalaron la figura de los “jueces sin rostro”. Sin embargo, ambas experiencias estuvieron marcadas por violaciones a los derechos humanos y el encarcelamiento de personas inocentes. 

En Colombia, el terror del narcotráfico y de las guerrillas llevó a los Gobiernos ha crear tribunales anónimos para juzgar a los criminales, la medida duró diez años, desde 1991 al 2000, cuando una sentencia de la Corte Suprema de Justicia confirmó su abolición por violar el derecho al debido proceso.

En Perú, por su parte, el régimen de Alberto Fujimori con poderes extraordinarios tras disolver el Congreso en 1992 y declarar en “reorganización” el Poder Judicial, instauró los tribunales anónimos para juzgar delitos de terrorismo y traición a la patria con los que señalaban a las guerrillas de Sendero Luminoso y el MRTA.

“Los juicios penales por terrorismo o por traición a la patria no iban a ser en las sedes de justicia, sino en los penales, entonces los abogados que representaban a los acusados dentro de los que había culpables e inocentes, tenían que ir ahí, entrar a salas, donde solo veías unos espejos, escuchabas voces distorsionadas y empezar tus alegatos o interrogatorios frente a espejos y escuchando una voz de mickey mouse”, dijo Katya Salazar, abogada peruana y directora ejecutiva de la Fundación para El Debido Proceso (DPLF, por sus siglas en inglés).

En el Perú, durante 1992 y 1997, se condenó a más de 5,000 personas sin el debido proceso.  Al menos, un tercio eran personas inocentes, según registró Human Rights Watch.

Las Naciones Unidas y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos condenaron la práctica de ambos gobiernos sudamericanos en diversos informes. Por ejemplo, el informe del Relator Especial sobre la independencia e imparcialidad de los jueces y abogados publicado en 1996 concluyó que “el uso de jueces ‘sin rostro’ por las siguientes razones: viola el principio de la independencia de la judicatura; la práctica restringe el derecho del acusado al debido proceso; y viola el derecho a un juicio justo, de manera sistemática”.

“La principal razón por la cual la figura de los jueces sin rostro es problemática es porque atenta contra un derecho fundamental de todos los seres humanos que es el de ser juzgado por un juez o un fiscal competente e imparcial, competente para ver mi caso y además imparcial frente a mi caso”, añadió Salazar.

La reforma que instaura los jueces sin rostro en El Salvador  fue aprobada tres días después de la declaratoria del Estado de Excepción que ha dado vía libre al Gobierno para capturar a más de 15,000 personas, consideradas criminales por las autoridades de Seguridad y Fiscalía. 

De este total, hasta el 22 de abril, 6,924 personas han sido enviadas a prisión preventiva de forma expedita por Juzgados Especializados mientras se tramitan sus casos. Tan solo dos personas han sido liberadas por falta de pruebas, según el ministerio público.

Hasta la fecha, el anonimato de los jueces aún no ha sido implementado en todos los juzgados de acuerdo con la reforma, según confirmaron a FOCOS tres abogados penalistas que han estado presentes en las audiencias de las últimas semanas.

El juez no es visible únicamente para los imputados quienes, en la mayoría de casos, siguen la audiencia a través de una videollamada desde el centro donde guardan prisión pero la Fiscalía y la defensa -hasta ahora- sí pueden observar al juzgador, contrario a lo que establece la reforma.

“Lo pudimos ver pero de entrada nos dijo que no fuéramos a revelar su identidad por la reserva que tienen los casos, que si a él le pasaba algo, pues a los primeros que iban a investigar era a ustedes, nos dijo”, comentó uno de los abogados a FOCOS.

Hay que aclarar que los medios de comunicación y la ciudadanía no han podido constatar por su cuenta el desarrollo de las audiencias contra los presuntos pandilleros, porque los jueces han decretado que los casos tengan reserva total, es decir, que toda la información de las audiencias es secreta.

Los abogados prevén que los “jueces sin rostro” comenzarán a implementarse por completo en las siguientes etapas del proceso  y desde ya advierten que será una medida que dificultará garantizar juicios justos, en los que se pueda determinar objetivamente la culpabilidad o inocencia de una persona. 

FOCOS consultó a la jefatura de Comunicaciones del Centro Judicial de San Salvador sobre la implementación de los «jueces sin rostro» en las audiencias iniciales recientes, la unidad manifestó que se gestionaría la información, sin embargo, al cierre de esta nota no había respuesta.

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