Magistrado de la CSJ asegura que deben haber excepciones para investigar casos por enriquecimiento ilícito

Ramírez Murcia, expuso cuáles deben ser las excepciones para investigar el enriquecimiento ilícito, a pesar que la reciente resolución de la corte en pleno dictamina que transcurridos 10 años, los casos no deben ser investigados

Por Ivonne Renderos

El magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Leonardo Ramírez Murcia, destacó que aunque el artículo 240 de la Constitución de la República, establece que los casos por enriquecimiento ilícito prescriben a los 10 años luego que los funcionarios investigados han cesado de sus cargos, “la literalidad de la norma debe adecuarse a la realidad nacional”.

Por ello propone que deben atenderse excepciones a la ley, por ejemplo cuando el proceso ya ha sido abierto, y en ese estado prescribe.  Según  Ramírez es necesario que a pesar de que el caso haya prescrito, se debe continuar investigando puesto que este caso ya ha sido abierto y “no tiene porqué detenerse”.

El magistrado también expuso que los informes sobre patrimonio que son pedidos por la ciudadanía deben ser entregados aunque el caso no concluya en condena. Debe entregarse, al momento de la deliberación del caso, aseguró.

Ramírez Murcia quien brindó estas declaraciones en el programa FOCOS que se transmite los domingos a las 8:00 pm y miércoles a las 6:00 pm, por Canal 33, dijo que él personalmente presentó estas excepciones ante la Comisión de Ética y Probidad, que preside, pero que ahí no alcanzaron un acuerdo. «Cuando alguien tiene una posición y luego de escuchar mi razonamiento, la sigue teniendo, yo no voy a insistir en hacer el cambio de opinión”.

También criticó que cuando se tiene indicios de enriquecimiento ilícito de un funcionario, la Corte Suprema de Justicia debería mandar el caso a juicio inmediatamente. «La corte no hace un juicio, hace una indagación del patrimonio para determinar, y si con base a esa indagación hay indicios, acuerda la corte abrir un juicio”, y agregó, “hubo falta de voluntad humana para investigar los casos que están por prescribir”.

El jurista también propuso, que como alternativa ante la prescripción del delito de enriquecimiento ilícito, se proceda a un juicio por Extinción de Dominio utilizando como base la misma información para el enriquecimiento ilícito.

La reciente resolución de la corte en pleno, aprobada por 11 de los 15 magistrados, exime de investigación a todos aquellos funcionarios que cesaron sus cargos en mayo de 2009. “Inmediatamente después del acuerdo, la Comisión de Ética y Probidad instruyó a la Sección de Probidad a acelerar los casos que ya estaban cerrados y listos para que corte en plena conociera”, puntualizó.

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