¿Es la ley de reconciliación una amnistía disfrazada?

Los partidos Arena, PCN y PDC aprobaron el 26 de febrero la ley de reconciliación nacional. Según los diputados de derecha, con esta normativa darán justicia y reparación a las víctimas de la guerra salvadoreña. 

Sin embargo, organizaciones de la sociedad civil y comunidad internacional rechazan esta ley porque promueve la impunidad. ¿Es esta ley una amnistía disfrazada, como la llaman sus detractores?

En el artículo 60, la ley aprobada impone a la Fiscalía General de la República un plazo de 12 meses – prorrogables por otros 6 meses – para determinar si un caso denunciado tiene indicios de ser un crimen de lesa humanidad o de guerra. Según el derecho internacional, no hay límite de tiempo para investigar y judicializar estos delitos.

En ese sentido, la oficina para Centroamérica del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para Derechos Humanos dijo esta semana que establecer un plazo restringe el derecho al acceso a la justicia y constituye una prescripción de facto para crímenes que, por su naturaleza y definición, son imprescriptibles.

Naciones Unidas sostuvo que esta disposición, por el corto plazo que se ha establecido, imposibilita la investigación del delito.

También criticó que la ley reduce hasta la cuarta parte las penas de prisión impuestas a los criminales de guerra si estos confiesan, piden perdón y colaboran con la investigación.

Por ejemplo, Actos de Terrorismo, uno de los delitos más graves imputados a los responsables de la masacre de El Mozote, cuya pena máxima es de 20 años, podría reducirse a cinco bajo este beneficio.

Naciones Unidas sostiene que esto supone un “amnistía encubierta por colaboración”, porque la pena no será proporcional a la gravedad de los hechos cometidos.

Además rechaza la conmutación de la pena “por razones de salud o edad” porque sin regulación clara, los criminales de guerra podrían gozar de libertad. “En la práctica supondría una amnistía de facto o indulto”, dijo el organismo.

A estos planteamientos se sumó la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos. 

En un comunicado, dijo que la reducción o conmutación automática de las penas para los victimarios «es un efecto judicial de amnistía», incompatible con estándares de derechos humanos.

La procuraduría también consideró que la ley no es compatible con la sentencia de la Sala de lo Constitucional, instancia que ordenó la creación de una ley de reconciliación tras haber declarado ilegal la amnistía de 1993.

Asimismo, el abogado y exprocurador de Derechos Humanos, David Morales, explicó que este artículo de ley busca neutraliza la justicia penal en favor de los victimarios.

Para el subdirector del Instituto de Derechos Humanos de la UCA, Manuel Escalante, la ley es diferente a la amnistía de 1993. 

Pero si bien Escalante reconoció cambios positivos en los ámbitos de reparación, advirtió que la parte medular de la ley promueve impunidad.

No obstante, para el diputado y subjefe parlamentario de Arena, Julio Fabián, la ley aprobada no da lugar a la impunidad y dijo sentirse satisfecho con su aprobación.

¿La ley de reconciliación cumple con la sentencia de la Sala de lo Constitucional?

En julio de 2016, la Sala de lo Constitucional abolió ley de amnistía de 1993, que impedía investigar graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante la guerra salvadoreña. 

En esa sentencia, ordenó a la Asamblea Legislativa crear una ley que garantizara verdad, justicia, reparación y no repetición para las graves violaciones a los derechos humanos ocurridas en la guerra.

Cuatro años después, tras varias prórrogas, los diputados que aprobaron la ley aseguran que han respondido a la sentencia de la Sala. Pero los dos artículos más polémicos contradicen ese fallo de 2016.

El artículo 60, que impone un plazo para que la Fiscalía evalúe, confirme y requiera ante los tribunales los crímenes de lesa humanidad o de guerra denunciados.

La oficina para Centroamérica del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para Derechos Humanos afirma que este artículo viola la sentencia de la Sala porque coloca límites y obstáculos a la justicia por crímenes que son imprescriptibles.

La sentencia de inconstitucionalidad sobre la amnistía de 1993 establece que la nueva ley de reconciliación no debe tener disposiciones de prescripción o cualquier otra que entorpezca, demore o niegue los derechos de las víctimas de las guerra. 

Otro artículo cuestionado a la luz de la sentencia de la Sala es el 67, referente a las penas. Este permite que el juez imponga solo el 25 por ciento de la pena si el imputado confiesa, pide perdón y colabore con la investigación.

De acuerdo con David Morales, exprocurador de Derechos Humanos, este artículo contraviene la sentencia, pues la Sala estableció una justicia penal proporcional a la gravedad de los hechos y en beneficio de la reparación de las víctimas.

Por su parte, el diputado arenero Julio Fabián, quien votó a favor de la ley, se dice convencido que el marco legal que aprobó cumple con la sentencia de la Sala.

Ante este escenario, ¿qué opciones tienen las víctimas para hacer cumplir lo dictado por la Sala de lo Constitucional?

De acuerdo con la Abogada constitucionalista, Erika Saldaña, el proceso de formación de esta ley aún tiene que pasar por dos filtros. Uno es el del Ejecutivo y el otro es el control judicial de la misma Sala de lo Constitucional.

En cuanto al primero, el presidente Nayib Bukele ya vetó el decreto legislativo y para superarlo, la Asamblea tiene que reunir 56 votos, apoyos con los que hasta ahora no cuenta la ley de reconciliación. 

Saldaña añadió que la Sala puede verificar el cumplimiento de su sentencia y evaluar si la ley de reconciliación cumple con ella.

En noviembre de 2019, el magistrado Aldo Cáder, de la Sala de lo Constitucional, afirmó que si la ley de reconciliación no cumplía con los criterios de la sentencia, actuarían de oficio y la declararían inconstitucional sin esperar una nueva demanda.


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