“La reforma constitucional se dará cuando el estudio esté terminado, que será en septiembre de 2021”
Félix Ulloa, vicepresidente de la República
(Transcripción editada de la entrevista realizada por Karen Fernández transmitida el domingo 20 de septiembre de 2020)
Se ha discutido mucho en estos días su nombramiento para estudiar y proponer una reforma constitucional. ¿Cuál es la metodología que va a seguir en esta propuesta de reforma?
En efecto, el presidente me designó para desarrollar una serie de estudios y consultas y para preparar un paquete de posibles reformas constitucionales, resultado de un proceso que lo hemos calendarizado iniciando este septiembre y terminando en septiembre de 2021. Nos hemos propuesto un año de trabajo. Metodológicamente queríamos empezar con una jornada de reflexión constitucional y preparé un documento conceptual sobre cuáles eran los objetivos, la finalidad, los antecedentes, los temas fundamentales a discutir, para compartirlos con los invitados a esta jornada de reflexión.
Sugerí que hiciéramos cuatro mesas de trabajo en los que trabajáramos cuatro grandes bloques. Uno tiene que ver con la parte dogmática de la Constitución, la otra con el sistema político y sistema de gobierno, otra con la parte orgánica de la Constitución y una cuarta con la parte procedimental, o sea los procesos constitucionales o procesos de constitucionalidad. Esas cuatro mesas de trabajo que íbamos a integrar en la jornada iban a estar precedidas por exposiciones magistrales. La primera jornada iba a ser solicitada a los constituyentes de 1983 y habíamos identificado seis o siete que habían participado en ese proceso y que todavía están vivos, aunque algunos ya fallecieron.
«No es lo mismo decir vamos a hacer un debate cerrado que hacerlo a puertas cerradas.»,
Félix Ulloa, vicepresidente de la República
Habla de invitar a una jornada de reflexión constitucional, pero en una conferencia de prensa usted dijo que al principio no quería que el proceso se hiciera público, sino que hubiese preferido que se hicieran debates cerrados porque son debates técnicos. ¿Cómo entonces generar consensos con estos actores que usted está mencionando si en principio usted dijo que prefería debates a puerta cerrada?
Es que justamente esas son las palabras que yo no he usado. Primero, yo no dije que sería a puerta cerrada, porque esto sería es que se cierra a un grupo para que no escuche el resto. Hay una frase en francés que es muy clara que dice a oui cloé («así cerrado», en español). Cuando dices que tendrás una reunión a oui cloé es que nadie más te va a escuchar. Pero lo que yo planteaba era una discusión, en el que quizá el término cerrado se malinterpretó, porque ese término era para que en esta jornada de reflexión estuvieran las personas que manejan el tema, justamente porque es técnico.
Tanto es así que de los constituyentes estábamos invitando a seis o siete abogados. Por ejemplo, no invitábamos a Francisco Merino, que es constituyente pero que no es abogado, pero sí invitábamos al doctor Morán Castaneda y al doctor Guevara Lacayo porque sí son abogados. Esa era la primera jornada de exposiciones magistrales, los abogados que estuvieron en la constituyente de 1983. Los segundos iban a hacer los que participaron en los Acuerdos de Paz, pero que eran abogados. Ahí teníamos cuatro: David Escobar Galindo y Óscar Santamaría por la parte del gobierno de 1989-1992, y Nidia Díaz y Dagoberto Gutiérrez, que son abogados, de la parte del FMLN.
Después venía la invitación a la academia, a las facultades de derecho, a los tanques de pensamiento – Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social (Fusades), el Instituto Interamericano de Derecho Constitucional, Acción Ciudadana, el Instituto de Estudios Jurídicos de El Salvador (IEJES) FESPAD… todos los organismos de sociedad civil que han trabajado temas constitucionales. Y luego estaban los abogados de las instituciones de rango constitucional, por ejemplo la Fiscalía, la Procuraduría, la Corte Suprema de Justicia (CSJ), la Asamblea.
Teníamos en total unos 50 invitados y esas eran reuniones cerradas porque es a nivel técnico, que no es lo mismo que a puerta cerrada. No es un debate conspirativo, sino un primer ejercicio de reflexión constitucional porque lo que ahí se abordara, en las cuatro mesas, es lo que después se iba a discutir ya con los sectores sindical, empresarial, iglesias, otras organizaciones de la sociedad civil, profesionales, entre otras, para llevarles ya un producto elaborado técnicamente. Esa era la diferencia: No es lo mismo decir vamos a hacer un debate cerrado que hacerlo a puertas cerradas.
Queda claro el punto. En su propuesta de revisión a la Constitución hay un grupo gestor. El doctor Fabio Castillo, que está trabajando con usted, ha dicho que se propusieron algunos perfiles para este grupo gestor y habló de especialistas como Enrique Borgo Bustamante, Rodolfo González, David Escobar Galindo, Luis Mario Rodríguez y Albino Tinetti. Pero también dijo que estas personas ya rechazaron la invitación. ¿Por se han negado?
Yo no invité a Rodolfo González, ni al doctor Bustamante o a Tinetti. Los invitó el doctor Castillo. Yo invité a Luis Mario Rodríguez y los dos, junto a Fabio, fuimos a visitar al doctor David Escobar Galindo para invitarlo personalmente a formar parte de este equipo que, según el decreto, es un equipo ad hoc y el presidente Nayib Bukele me delegó que lo integre con las personas que yo considere que pueden aportar.
Con el doctor Castillo hemos hablando de reforma constitucional desde hace muchísimos años, desde que fue mi profesor en la universidad me comenzó a hablar de este tema y en los gobiernos del FMLN, el de Mauricio Funes y el de Salvador Sánchez Cerén, presenté propuestas de reforma para que la encabezara el presidente de esa época. Lo propuse al presidente Funes para que con su liderazgo pudiera convocar, como lo estoy haciendo ahora, a un grupo de juristas para trabajar el tema y que él, ya con el producto elaborado, pudiera ir a la Asamblea Legislativa, porque ya sabemos que el presidente por sí solo no puede reformar la Constitución ni tiene iniciativa de ley para reformarla. Y no tuve éxito.
Con esas experiencias anteriores pensé que, ahora que yo estoy en el gobierno, en la vicepresidencia, se lo tenía que plantear al presidente y le dije que este es el momento en que se puede hacer este estudio. Yo vengo desde 1992 en IEJES haciendo este proyecto, desde 1992, cuando hicimos un evento llamado: “Una nueva Constitución para un nuevo país”. Luego hicimos otra jornada en 1995 y done estuvo el doctor Borgo Bustamante, que era el vicepresidente. Yo he venido planteando el tema en distintos momentos, pero ya de manera formal y oficial lo hice en los gobiernos del FMLN, sin éxito.
Usted dice que es un tema en el que ha trabajado durante décadas, ¿por qué este es el momento para proponer una reforma constitucional?
El momento de una reforma constitucional es cualquiera. No hay un momento específico para una reforma de la envergadura que estamos proponiendo hoy. Por supuesto que hay momentos para reformas puntuales, cosas específicas, y eso es lo que a veces trae contradicciones y genera conflictos, porque la Constitución es un todo armónico y si modificas un artículo aunque piensen que solo cambia la situación que regula ese artículo, por relación y conexión afecta otras situaciones reguladas por otros artículos.
Para este proceso cualquier momento es el momento. La reforma se dará cuando el estudio esté terminado, que será en septiembre de 2021. En ese momento el presidente lo va a recibir y ahí el presidente tiene dos opciones: lo puede engavetar y dejarlo ahí; o lo puede llevar a la Asamblea Legislativa para que diez diputados le den iniciativa de ley. Ahí empieza otro debate, un debate legislativo que por una sentencia de la Sala de lo Constitucional de 2012 establece que la Asamblea está obligada a generar un debate sobre una reforma inconstitucional. Ya se declaró inconstitucional una reforma que se intentó en 2012, transformando el artículo 126 porque lo hicieron sin un debate público.
Me llama la atención que usted dice que el presidente Bukele, una vez usted le presente la propuesta de reforma, tiene dos opciones: engavetarlo o llevarlo a la Asamblea. ¿Entonces usted no da por hecho que el presidente Bukele acompañará su propuesta?
Yo lo doy por hecho, porque de lo contrario no estaría haciendo esto. Pero como repito, la última decisión es de él, porque él debe determinar qué hace con el estudio. Él es el presidente. Para reformar la Constitución no se necesita ni que el presidente esté de acuerdo ni que yo haga el estudio, basta que diez diputados se pongan de acuerdo y lo presenten, que la Asamblea lo acepte y que se siga el procedimiento que señala la Sala.
En 2012 los diputados hicieron eso. Se reunieron diez diputados, se hizo la reforma y la Sala dijo que era inconstitucional porque no se había seguido el procedimiento de discusión, que es el que lleva todo proceso de formación de ley.
Pero es indudable entonces que el músculo del Ejecutivo, que el presidente Bukele, lleve este proyecto a la Asamblea y lo acerque a su implementación…
Es que definitivamente, sino no tendría sentido que me hubiese delegado. Lo que quiero decir es que al final la decisión es de él, si lo engaveta o lo lleva.
Usted habló ya de una primera convocatoria que se hizo a través del doctor Fabio Castillo y de su persona, pero también hay una propuesta más amplia con otros sectores como la sociedad civil organizada y la academia. ¿Considera usted que esa fase podría estar afectada por el estilo del discurso confrontativo del presidente Bukele?
Eso depende de ellos. A mí me parece que debe pasar lo contrario, porque si tengo un presidente que es confrontativo y me dan la oportunidad de establecer un diálogo en un escenario diferente, pues inmediatamente acepto esa invitación. Porque si no lo que me queda es tener esa excusa de que hay un presidente con un discurso confrontativo o dictatorial y todos los epítetos que le han puesto, para no atender esta tarea.
Al final si no aprovecho esta historia solo porque el presidente tiene un perfil que a mí no me agrada o porque estoy en confrontación con él, a quien afecto no es al presidente, sino que pierdo una oportunidad histórica que no sé cuándo se volverá a presentar. Estos momentos fundacionales que tienen las naciones se presentan justamente en momentos en que las sociedad entran en esa necesidad del recambio.
Aquí lo dijimos durante la campaña y se confirmó el 3 de febrero de 2019, con las elecciones. Se cerró una etapa histórica, cerramos la posguerra y estamos abriendo una nueva etapa que todavía, yo en lo personal, no vislumbro cuál es ese modelo hacia dónde vamos, porque cuando estábamos intentando perfilarlo se vino la pandemia y se puso todo en pausa. Ahora el mundo entero está llamando a una nueva normalidad y lo dice la Organización de Naciones Unidas (ONU), que dice que nos preparemos para el nuevo mundo que está surgiendo. Qué mejor oportunidad histórica para poder diseñar ese nuevo país que queremos, con nuevas reglas, formas, consensos y nuevos pactos sociales.
Usted dice que es una nueva oportunidad para participar, pero lo cierto es que el presidente, a varias de las organizaciones que usted pretende convocar, él las califica como “organizaciones fachada”…
Pero es que no es con él que se van a ir a sentar. Es conmigo.
Pero usted es un representante del Ejecutivo…
…No, yo no soy un representante del Ejecutivo. Yo soy un representante del pueblo salvadoreño, que fue quien me eligió.
Pero, formalmente el pueblo lo eligió para participar del Ejecutivo…
Así es. Y el Ejecutivo tiene el Consejo de ministros, el presidente, el vicepresidente… Y lo que yo veo es una excusa: Si a ti te invitan a una fiesta o una comida y dices ‘yo no voy porque ahí está fulano o me cae mal aquel’, entonces tendrás una razón para no asistir, pero el efecto de asistir o no es tu responsabilidad, porque si en cierto momento estos sectores que critican que están señalando vacíos…
… Que son criticados también por el presidente…
De acuerdo, pero ahorita estamos de este lado. Es decir, a mí me critican y yo crítico y en esa crisis de polarización estamos llevando al país a un punto muerto. Hay una crispación innecesaria cuando se está abriendo un espacio de diálogo en el cuál puedes participar, bajo ciertas premisas, para trabajar y tratar de que el país salga adelante. Pero como no hay, porque para mí esa es la lectura al final hay dos cosas en estos grupos: no hay voluntad verdadera de diálogo ni de participación, porque se les está dando la oportunidad y la rechazan porque dicen que el presidente nos dice cualquier cosa, pero no es el presidente el que te invita, sino el vicepresidente.
Segundo, no tiene propuestas y para mí eso es lo más triste, porque son personas, grupos y estamentos que se han estado beneficiando del status quo y no lo quieren cambiar. Ellos están muy cómodos en esto y cuando les pides que cambiemos ese estado, sin decirles sí es para aquí o para allá, no con una agenda prestablecida. Sino que les decimos: que la agenda la construyamos juntos, pero no aceptan es porque ellos sí tienen una agenda y se vuelven grupos de retranca para los avances de los procesos.
Estábamos hablando de este grupo gestor que se ha convocado para empezar el estudio de la Constitución, el doctor Fabio Castillo ha dicho que este proceso que usted impulsa, deja o tiene al presidente Bukele, fuera de esta jugada de estudio y reforma constitucional, ¿cuál es el rol del presidente Bukele en este proyecto?
El rol del presidente fue delegarme esta facultad y esta tarea para trabajarla con total autonomía, para tener la capacidad de convocatoria de las personas que se considere que son idóneas para hacer la consulta y, por supuesto por mi trabajo, por la responsabilidad que esto conlleva, yo le tengo que estar presentando informes de los avances, para que él sepa dónde y cómo estamos avanzando.
Tal vez, no sé si el doctor Castillo dijo o usó esa expresión, de que el presidente está fuera de la jugada, no puede estar fuera de la jugada porque él es parte de la jugada. Es decir, esto nace de un Acuerdo Ejecutivo del presidente, y con el respeto que se merece el presidente, tiene que estar informado de todo lo que se haga, al final, él es el destinatario de este informe, ya con el informe él va a proceder en dos sentidos, o lo engaveta, que no me habría encomendado una tarea de esta magnitud porque precisamente no se hizo para que el presidente lo engavete; o la otra, que es lo lógico, lo que esperamos y seguramente lo que va a pasar, que él lo lleva a la Asamblea Legislativa para que 10 diputados le den iniciativa y empiece el proceso.
Hablemos del proceso ya dentro de la Asamblea. Lo que tenemos hasta ahora es lo que establece el artículo 248 de la Constitución que dice que tiene que ser promovida por 10 diputados, aprobada por mayoría simple en una primer legislatura y ratificada por mayoría calificada en la siguiente legislatura, ¿este es el mecanismo que el ejecutivo pretende seguir para que la reforma sea aprobada?
Es que no hay otro.
Le preguntó esto porque dentro de una nota de prensa que publicó Casa Presidencial, se mencionaba la posibilidad de estudiar sí seguir con este mecanismo o impulsar una Asamblea Constituyente.
Pero eso no sé de dónde ha salido, porque no hay aquí ningún mecanismo para convocar a una Constituyente. El mecanismo de reforma de la Constitución es que una legislatura lo aprueba por mayoría simple y una segunda legislatura lo ratifica por mayoría calificada. Yo no sé si es que no se leen bien los conceptos, o bien es la aprehensión sobre los conceptos, porque no es lo mismo cuando un periodista habla de una consulta popular que cuando se usa el término jurídico y constitucional de las consultas populares, que es un mecanismo mediante el cual instituciones de la democracia directa, se ponen en práctica.
La idea la propusimos también en 1992 y se llama una “Propuesta de ley de consulta popular”, son cuatro las consultas populares que reconoce la doctrina del derecho: el referéndum, el plebiscito, la revocatoria del mandato y las iniciativas ciudadanas. Entonces cuando ya un constitucionalista te habla de las consultas populares, es en ese sentido. Cuando un periodista te habla en un comunicado…
De hecho era una nota de prensa con un punto que parecía importante aclarar porque era de Presidencia y dice esto: “El gobierno está comprometido con respetar la Constitución, sus cláusulas y el estado de derecho, aunque considera clave debatir con los sectores su actualización y reforma que implica dos legislaturas o una asamblea constituyente”. Eso está publicado en la página de Casa Presidencial y por eso me parecía un punto importante.
Y a mí también, pero ¿quién lo firma? ¿Lo firma la Secretaría Jurídica? Creo que lo firma la Secretaría de Prensa, por eso digo, los periodistas usan conceptos a veces sin tener la dimensión y el significado que tienen.
Pero son los periodistas de Casa Presidencia…
… Sí, pero estos no son abogados. Si esto lo hubiera publicado la Secretaría Jurídica o la suscribiera un abogado te diría que a este abogado hay que mandarlo de nuevo a estudiar Derecho. De los periodistas se puede esperar estas interpretaciones, a veces no exactas de conceptos y términos.
Entonces, vicepresidente, solo para que quede este punto claro, ¿no está considerando otro mecanismo alterno para la reforma de la Constitución que no sea establecido en el artículo 248?
No existe. Para efecto de ilustrar a la población, que ahora la gente quiere saber más, a la gente le interesa, antes la Constitución no le importaba a nadie, solo a los abogados. Ahora la Constitución se está debatiendo, la gente está preocupada, quieren saber. Para efecto de que la gente sepa: El poder Constituyente es diferente de los poderes constituidos, el poder constituyente es el poder originario, el poder constituido son los que se establecen como la Asamblea Legislativa, el Ejecutivo, son constituidos.
Entonces, ¿cómo se convoca una Constituyente? Nosotros no tenemos ninguna forma, solo hay tres maneras de convocar a ese poder constituyente originario, uno es una revolución, aquí ya lo ensayamos, hicimos convocatoria del poder constituyente. Pero no se pudo, al final después de 12 años de guerra civil, sin vencedores, ni vencidos y se dio una solución negociada que reflejó y se expresó en reformas constitucionales que son los Acuerdos de Paz, esa es una forma de reformar la constitución.
La otra es, cuando se dan golpes de estado, la mayoría de constituciones que hemos tenido, todas han sido precedidas de golpes de estado. Tenemos poderes constituyentes, surgidos de hecho violentos que son los golpes de estado, hubo un intento de una revolución y no se pudo, entonces la única forma que queda ahora es el consenso y los acuerdos nacionales.
Ya en otros espacios ha explicado que la reforma a la Constitución, como usted la visualiza, tiene dos ámbitos, un pilar dogmático que implica incorporar derechos al texto constitucional y reconocerlos; y un pilar orgánico, que implica revisar las instituciones y sus funciones. Empecemos por eso, ¿cuáles instituciones deben incorporarse en esta discusión y por qué?
Instituciones en la parte orgánica. Lo que yo he dicho es que en el estudio de la parte orgánica hay que empezar por los tres órganos fundamentales, que están definidos en el artículo 86: el Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Empezar a revisarlos para ver sus relaciones, como interactúan, los conflictos que hay entre ellos para dejar clara las relaciones y que trabajen de manera armónica.
¿Usted diría que este es un objetivo prioritario del estudio y propuesta de reforma? ¿Revisar funciones y conflictos?
Esa es una de las áreas, en el caso del Tribunal Supremo Electoral (TSE), nos hemos cansado de pedir que haga la reforma para pedir que se separen sus funciones: jurisdiccional y administrativa. Lo mismo opera para la Corte de Cuentas de la República (CCR), que es un organismo que ejerce funciones de fiscalización y auditoría, pone sanciones y de esas sanciones hay que recurrir la parte jurisdiccional a la misma Corte. El régimen municipal, una entidad o institución que viene desde la Constitución del siglo pasado, ya se dan muchas tesis del municipalismo, ahorita se habla mucho de la descentralización del Estado y de las demás funciones para trasladarlo a los gobiernos locales, necesita también revisarse.
Así podemos ir también revisando en el Ministerio Público que en la reforma que se hizo en el 1992, se creó la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH), se integró con la Procuraduría General de la República (PGR) y con el ministerio público, ahí hay que también hacer un trabajo de cirugía para ver cómo se trabaja.
Y por último el Órgano Judicial, en el que se crearon instituciones como el Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ) y ese es un contrapeso para que la carrera judicial sea de manera más transparente, pues ahí está la queja, en el CNJ no tiene la facultad para nombrar a los jueces que ellos mismos capacitan y ellos los proponen, no los seleccionan. Todo eso es la parte orgánica de la Constitución.
Usted ha dicho en otros espacios que es importante reformar la constitución en lo dogmático, lo cual implica reconocer explícitamente derechos dentro de la Constitución. Usted ha sido muy enfático por ejemplo en el derecho humano al agua o la importancia de darle prioridad al medio ambiente. Pero también me gustaría saber si usted incorporaría el garantizar derechos para poblaciones que han estado excluidas y que han estado reclamando garantías y protecciones, como la población LGBTI. ¿Usted prevé que esta reforma garantice derechos para este sector?
Para la población LGBTI, para los pueblos indígenas, para mujeres, para jóvenes, para afrodescendientes, que los hemos querido invisibilizar en el país. Hay una serie de colectivos que han sido invisibilizados en las agendas de reformas constitucionales del pasado; que ahora exigen y reclaman, y tienen el derecho, no solo de estar representados, porque ya se les reconoce representación política, sino que además que se garanticen sus derechos humanos fundamentales.
Creo que eso es parte de las agendas modernas y que en siglo XXI no se pueden ignorar, porque son realidades que no teníamos en el siglo XX ni antes. Había constituciones en otros estados que reconocían la esclavitud como una forma normal de vida y eso se tuvo que cambiar. Ahora, que en el país eso se logre visibilizar estos derechos y que se conviertan en normas constitucionales ya no va a depender de los que hagamos el estudio ni de quienes lo propongamos, sino de los legisladores que lo deben aprobar.
Sala de lo Constitucional vrs. Corte Constitucional
Hablemos de nuevo de la reforma orgánica. Hablando de la Sala de lo Constitucional, ya en otras ocasiones, no solo en este período del gobierno, sino antes incluso, usted menciona la necesidad de revisar funciones de la Sala. ¿Por qué cree que es necesario revisar esas funciones?
Nunca he hablado de las funciones de la Sala de lo Constitucional. He hablado de la naturaleza de la Sala, porque cuando nace lo hizo con la Constitución de 1983. Antes, en la del 62 y la del 50 no existía la Sala.
Reelaboro entonces mi pregunta, ¿por qué es necesario revisar la naturaleza de la Sala de lo Constitucional?
Porque cuando los constituyentes crearon la Sala, en la exposición de motivos, que es como se llama informe único de la comisión revisora de la Constitución. Ellos dijeron que las funciones que iba a tener esta Sala y que antes las veía la Corte en pleno, que era el habeas corpus, el amparo y la inconstitucionalidad, se deberían de separar de la Corte Suprema de Justicia (CSJ). Pero entonces, ellos dijeron que no iban a crear una Corte Constitucional, como funciona en Guatemala.
Acá los constituyentes optaron por una línea intermedia, es decir, ni se lo vamos a dejar a la CSJ ni tampoco vamos a crear una Corte Constitucional. Entonces crearon una Sala adscrita a la CSJ. La Corte Suprema tiene funciones de tribunales de tercera instancia, o sea de casación, y las cortes constitucionales tienen otras instancias, son de instancia única, ahí se resuelve al constitucionalidad o no de leyes, de derechos, etcétera.
Entonces, creo que es momento de revisar sí funciona o no, porque ya vimos cuando se dio el choque de poderes entre la Sala de lo Constitucional de 2009- 2015 con la Asamblea Legislativa. Entonces, la Sala llegó a declararse en desacato, de desconocer a la Sala, de no recibirle notificaciones, y en ese conflicto la CSJ trató de modificar la Sala, de cambiar magistrados de esa Sala de lo Constitucional y pasarlos a otras salas. Ahí se les dijo a los diputados que no podían hacer eso porque en la Constitución de 1983 a esta Sala se le dio un carácter de tribunal especial, es decir, una vez integrado no lo pueden cambiar, como sí lo pueden hacer en otras salas. Por ejemplo los pueden pasar de la Sala de lo Civil a la de lo Contencioso y así. La Sala de lo Constitucional tiene esa característica, pero sigue adscrita a la Corte, tanto que el presidente de la CSJ es el presidente de la Sala de lo Constitucional.
Todos hemos visto estos conflictos entre Órganos del Estado, ¿pero cómo se deben resolver?
Estableciendo procedimientos claros, que no hay. Y eso pasa por reformar la Constitución. Hay que ponerlos en las funciones. Tú has visto que la Asamblea Legislativa elige a todos los funcionarios de segundo grado, a los magistrados de la Corte Suprema, el Fiscal, entre otros. Y casi todos, excepto en el TSE, en todos duran tres años en sus funciones. La Corte se va relevando por tercios cada tres años y la idea es que los Órganos que se integran con funcionarios que no son de elección popular reflejen la voluntad del pueblo en la última elección y esa Asamblea que es electa por voto popular debe elegir a estos funcionarios. ¿Pero qué pasó hace algunos años? La misma Asamblea había electo a un tercio de magistrados de la Corte y eligió al otro tercio, por qué eso no estaba regulado en la Constitución. Entonces esa falta de regulación es la que genera este tipo de conflictos. La Sala declaró inconstitucional a los magistrados electos por la Asamblea porque no podían elegir dos veces, es decir, dos tercios, eso no se puede.
¿Entonces estamos hablando de una propuesta de reforma que podría considerar tocas los procedimientos con los que opera la Sala de lo Constitucional?
No, no, porque la Sala no opera con procedimientos de la Constitución, sino que opera con procedimientos de la Ley de Procedimientos Constitucionales. O sea, hay una ley que le dice cómo proceder. Esa ley, que fue reformada allá por 2010, en el artículo 77 decía que cuando un juez declara inaplicable una norma o falla aplicando directamente la Constitución tiene que mandar esa sentencia inconsulta a la Sala de lo Constitucional y la Sala tiene 15 días para resolver y si necesita más tiempo puede extenderse 10 días, o sea le da 25 días para resolver un caso de aplicación directa de la Constitución. Eso sucedió en 2015 en el TSE, que decidió no cancelar a Cambio Democrático y lo mandó en consulta a la Sala. ¿Cuánto tenía la Sala para resolver? Máximo 25 días. Eso se mandó en octubre de 2015 y en noviembre tenía que haber resuelto y no resolvió. Entonces ese caso ya estaba fenecido, archivado. ¿Pero qué hizo la Sala? En 2018 resolvió y canceló al CD y cayó en prevaricato de esta Sala que canceló al partido en contra de disposición impresa de la Ley de Procedimientos Constitucionales y un magistrado dijo que a ellos los plazos no les importaban. ¿Por qué? Porque consideraban que es una Sala que estaba sobre esa legalidad, pero eso no puede ser.
Pero me gustaría clarificar, ¿la reforma a la Constitución está vinculada a una reforma secundaria que tocaría la Ley de Procedimientos Constitucionales?
No necesariamente, porque ya hay una propuesta, un proyecto de Ley de Procedimientos Constitucionales en vista que la Sala no respeta los procedimientos. Entonces ahora, sí se crea desde la Constitución una Ley que nazca para darle esa vigencia y esa majestad y que los magistrados no cambien las cosas a su criterio, porque otros magistrados podrían venir y decir ‘mire, estos señores cometieron prevaricato. ¿Cómo van a cancelar a un partido tres años después del plazo que venció en 2015?’.
Le pregunto específicamente por cómo la reforma constitucional revisaría o haría una propuesta vinculada a la Sala de lo Constitucional, porque es uno de los temas que más dudas genera en este Ejecutivo particularmente, que ha tenido un conflicto directo con la Sala de lo Consticional…
Sí, pero no tiene que ver el Ejecutivo con eso. Es un tema del Órgano Legislativo, la decisión es de la Asamblea y el llamado sería para que el Legislativo apruebe ya esa Ley de Procedimientos Constitucionales que hay, porque si no se le va a seguir permitiendo a la Sala que resuelva de manera arbitraria o que caiga en el delito de prevaricato, que es lo que sucedió cuando se canceló al CD, que el único objetivo en ese entonces era afectar la candidatura del presidente Bukele, porque él se había inscrito en ese partido para participar en la elección. Entonces la Sala, contra toda ley, moral y ética fue a sacar un caso que estaba archivado, que ya no tenía por qué conocer y sobre ese resolvió.
«Es que una cosa es lo que él (presidente Bukele) diga. Si mirá, Pinochet decía que era demócrata. De lo que la gente dice a lo que es la realidad.»
Félix Ulloa, Vicepresidente de la República
Vicepresidente, el miércoles 16 de septiembre por la noche el presidente Bukele publicó que no acataría una resolución de la Sala de lo Constitucional (relacionada al pedido de pruebas PCR para entrar al país por el Aeropuerto Internacional de Comalapa). Estamos ante un presidente que en su discurso no respeta el control constitucional y en ese contexto se está planteando esta revisión a la Sala…
Pero eso no tiene nada que ver una cosa con la otra. El presidente ha puesto tuits, ha dicho que los mandaría a fusilar, ha dicho una serie de cosas. Pero si tú ves hasta esta fecha el gobierno no ha dejado de cumplir una sola de las sentencias de la Sala.
Pero el miércoles él dijo…
… Es que una cosa es lo que él diga. Si mirá, Pinochet decía que era demócrata. De lo que la gente dice a lo que es la realidad…
Pero lo que el presidente dice no es la opinión de cualquier ciudadano, vicepresidente…
… Bueno, pero él será responsable de sus opiniones. No vas a involucrar al gobierno, a la sociedad, al país como se le ha tratado de sacar afuera donde se dice que El Salvador está cayendo en el riesgo de una dictadura, porque tiene un presidente autócrata. Son lecturas exageradas o extrapoladas. Porque yo puedo decir cualquier cosa, pero los hechos…
Pero no es lo mismo que yo lo diga y lo publique en mi cuenta de Twitter a que lo publique el presidente de la República…
Claro. ¿Y entonces qué procede cuando el presidente da una declaración de ese tipo, en una democracia? Ahí está la pregunta. Si el presidente está cometiendo un delito, pues lo que procede que se vaya a juzgar y como tiene fuero que lo desafueren. Es decir, pero no hay hasta este momento, más allá de un debate periodístico, señalamientos de que el presidente no ha cumplido esta sentencia de la Sala o este fallo de la Sala, o una resolución. ¿Por qué? Porque estamos en un Estado de Derecho, y una expresión, y ahí tú tienes razón, que no es lo mismo lo que diga un ciudadano a un diputado, un presidente o un magistrado. Hay una investidura en el cargo que te hace ser más responsable por lo que tú dices, pero, repito, siempre del dicho al hecho hay mucho trecho.
Yo lo he escuchado decir muchas cosas en un momento del calor de una discusión o de la emoción de un discurso o algo así, que si uno lo filtra, lo tamiza y lo analiza ve que es algo que no genera consecuencias en el campo jurídico o en el mundo real de los hechos, quedan ahí en el ciberespacio, en las redes y en esa realidad virtual que no es la que realmente la que estamos viviendo.
Usted ha dicho que en esta propuesta de reforma constitucional no se está tocando la reelección presidencial inmediata. Pero, ¿usted considera que se debe bajar de diez a cinco años el período que un presidente debe esperar para buscar la relección?
No debe bajarlo ni subirlo, debe establecerlo. Debe establecerlo con claridad.
Ahorita la jurisprudencia establece 10 años…
Pero si esta Sala dice que son cinco volvemos a cinco. Esas son las incertidumbres que tiene la Constitución, porque la Constitución no dice que un presidente debe esperar cinco años para volver a postularse, habla de un período inmediato anterior y ese es un debate que hemos tenido, yo personalmente, con muchos abogados y magistrados porque no se sabe cómo interpretar esa frase de “período inmediato anterior”, si se trata del período inmediato anterior al que estaba en ejercicio, entonces en ese caso el presidente no se puede postular pero los ministros sí.
¿Cuál es su criterio, vicepresidente?
Mi criterio es que un presidente para poder postularse debe esperar cinco años después de su mandato y cuando ya se dice cinco años son cinco años, no ‘el período inmediato anterior’. Yo he hecho un estudio que te puedo dar sobre las tres formas de que la Constitución se revise y se remite al período inmediato anterior, habla de tres categorías de períodos.
La Sala, otra vez, la que cometió el prevaricato en el caso del CD, estableció diez años contra el criterio de los constituyentes, porque este debate lo tuvimos con ellos y dijeron que cuando establecieron eso decían que pensaban en cinco años. Pero la Sala puso diez años para afectar a Mauricio Funes, porque ellos creían que Funes y Saca tenían un arreglo y que iba a llegar Saca de regreso en el 2014, luego le entregaba a Funes, luego Saca otra vez y así. Por eso pusieron diez años.
La Sala de lo Constitucional, según la justicia de rango constitucional, se llama el legislador negativo – un órgano que, si bien no tiene poder para promulgar una ley, sí tiene capacidad para derogarla-, porque con sus sentencias da un giro diferente a lo que la norma está dando. El legislador positivo, que es el Órgano Legislativo, es el que debe establecer la norma, porque si no el legislador negativo interpretó una norma constitucional que era para cinco años y le puso 10.
Para cerrar entonces, ¿su conclusión es que el tiempo de espera para volverse a postular debe ser de cinco años?
Para mí sí, porque si así está la Constitución, pero mientras no se cambie la jurisprudencia serán diez años. Lo ideal es que lo pongamos en una reforma constitucional con claridad, diciendo que no habrá reelección presidencial inmediata. El presidente en funciones que quiera volver a postularse deberá esperar cinco años. Y entonces ya queda cinco años y no esa cosa enredada que dice “el período inmediato anterior”.