Sala de lo Constitucional declara improcedentes las demandas a las candidaturas de Muyshondt y d ́Aubuisson
La Sala de lo Constitucional declaró improcedentes las demandas que presentó el ministro de Trabajo y Previsión Social, Rolando Castro en contra de las candidaturas de Ernesto Muyshondt y Roberto d ́Aubuisson, quienes buscan la reelección en San Salvador y Santa Tecla, respectivamente.
Castro argumentó su demanda ante la Sala que ambos candidatos de Alianza Republicana Nacionalista (Arena) no cumple con el requisito de “moralidad e instrucción notaria” por tener procesos penales pendientes. Muyshondt es procesado en el Juzgado Segundo de Instrucción de San Salvador por los delitos de fraude electoral y por negociar con pandillas. Además, se le acusa de la retención de cuotas laborales en el Juzgado Octavo de Instrucción de San Salvador.
Por su parte, d ́Aubuisson enfrenta un caso por incumplimiento de órdenes judiciales en el reinstalo y pago de un grupo de trabajadores municipales y un proceso penal en el Juzgado Segundo de Instrucción de Santa Tecla, por el delito de actos arbitrarios.
Los magistrados constitucionalistas argumentaron que los requisitos para la inscripción de las candidaturas impugnadas por Castro están en el Código Electoral y no en la Constitución, por lo que no recae en la Sala el pronunciarse sobre los mismos.
En la resolución se lee que el máximo tribunal constitucional del país sustentó su resolución en que ya en el pasado la Sala ya ha determinado que el acto En el cual las Juntas Electorales Departamentales inscriben a un candidato a alcalde no son de “aplicación directa de la Constitución”, ya que en la Carta Magna no se establece como requisito ni la moralidad ni la instrucción notoria para la inscripción en los concejos municipales.
Castro y la vía legal equivocada
Según explicó la abogada Ruth Eleonora López, “es el Código Electoral el que establece el requisito de moralidad e instrucción notoria, por tanto, la observancia de estos requisitos le corresponde a la autoridad electoral, en este caso la Junta Electoral de Vigilancia (JEV), en primera instancia, y al Tribunal Supremo Electoral (TSE), en una segunda instancia”. Pero antes de avocarse al TSE se tiene agotar la vía ante la autoridad que produce la inscripción de los concejos municipales, en este caso la JEV de San Salvador y La Libertad. Algo que no hizo Castro y cuando intentó impugnar ante la JEV, lo hizo fuera del período legal dispuesto por la ley, que es de 24 horas.
“El (Castro) no siguió los procedimientos establecidos en la ley para la impugnación de las candidaturas”, dijo López.
Ante la resolución de la Sala, d ́Aubuisson dijo que, aunque Rolando Castro es el jefe de campaña del candidato a alcalde por Nuevas Ideas en San Salvador, también lleva más de dos años atacando a la comuna de Santa Tecla, “ya es habitual esperar este tipo de actos. La mentira tiene piernas cortas, la verdad siempre la alcanza”, dijo.
“Nos alegra que nuevamente haya funcionado la institucionalidad de nuestro país y que la sala haya resuelto apegado a derecho”, dijo por su parte Muyshondt, quien tildó la demanda de Castro como parte de la campaña electoral para favorecer al candidato de la coalición Nuevas Ideas y Gran Alianza Nacional por la Unidad (GANA), Mario Durán.
“A nosotros nos ha tocado enfrentarnos a todo el aparataje del Estado, a todo el uso indiscriminado, descarado y burdo de todas las instituciones y de todos los recursos del Estado para hacer campaña política, una campaña de Estado. No solo para promover a los candidatos oficialistas, sino para perseguirnos, acosarnos y sacarnos como lo han venido haciendo hace varios meses”, dijo el alcalde capitalino.
Castro no dio declaraciones sobre la resolución, pero en su cuenta oficial de Twitter dijo que este miércoles daría a conocer su posición pública.